INFORMES ICE, INFORMES

DE CONSERVACIÓN DEL EDIFICIO.

¿Qué es el ICE?

 

Se trata de un documento de base técnica en el que se recoge información relativa al estado de conservación del edificio en sus elementos comunes así como del comportamiento energético de su envolvente térmica (cubiertas y fachadas). La inspección permite constatar posibles lesiones o deterioros de la edificación al tiempo que analiza la demanda energética del mismo con el fin de establecer unos criterios para priorizar las intervenciones de rehabilitación posteriores. Todo ello va dirigido a que las medidas de ayudas que se establezcan en el marco de rehabilitación sean coherentes con las exigencias de necesidades reales del parque residencial existente.

 

¿Cómo aparece?

 

El Informe de Conservación del Edificio (ICE) en su versión inicial aparece con el Decreto 81/2006 del Consell. Con la publicación y entrada en vigor del Decreto 43/2011, de 29 de abril, del Consell por el que se modifican los decretos 66/2009, de 15 de mayo, y 189/2009, de 23 de octubre, se introduce el Informe de Conservación del Edificio que incluye los aspectos energéticos (ICE), esta segunda versión sustituye a la anterior e incorpora las directivas y exigencias relativas a la eficiencia energética europeas y estatales.

 

¿Cuál es su objetivo?

 

Por un lado disponer de información cualitativa acerca del estado del parque residencial, en lo referente a aspectos fundamentales como son la estabilidad, habitabilidad y funcionalidad así como en lo referente a las necesidades energéticas del la envolvente térmica del edificio (cubiertas y fachadas) para garantizar la situación de confort óptima, la reducción de consumo energético y de emisiones de CO2 en los edificios.

 

Dicha información, en los sucesivos planes de fomento a la rehabilitación, nos va a permitir planificar y objetivar las acciones a apoyar en coherencia con el deber de conservación y rehabilitación establecido por la Ley de la Vivienda de la CV y la normativa urbanística.

 

Entrada en vigor

 

El Informe de Conservación del Edificio que incluye los aspectos energéticos (ICE) entra en vigor el 3 de junio de 2011.

 

¿Cuándo es necesario el ICE?

 

En los edificios destinados a uso residencial:

- Cuando se soliciten ayudas a la rehabilitación de elementos comunes del edificio.

 

El ICE un documento a incorporar al procedimiento de rehabilitación

 

El Informe de Conservación del Edificio ha de incorporarse a la documentación necesaria para la tramitación de ayudas a la rehabilitación y se considera documento indispensable para la tramitación de las ayudas cuando las obras afecten a los elementos comunes del edificio. Como consecuencia de ello los promotores de rehabilitación (comunidades de propietarios, propietarios…) deberán dirigirse a los profesionales para contratar la redacción y elaboración del Informe e incluirlo a la documentación requerida para acceder a las ayudas a la rehabilitación.

 

¿Qué profesionales los realizarán?

 

Los llevarán a cabo profesionales titulados legalmente, como arquitectos, aparejadores, arquitectos técnicos e ingenieros de la edificación, mediante encargo del cliente o promotor de la rehabilitación.

 

¿Qué ayudas se tienen para la elaboración de los Informes?

 

El coste correspondiente a la redacción del Informe de Conservación del Edificio podrá incluirse dentro de los costes derivados de la rehabilitación como presupuesto protegible, pudiendo optar en cualquier caso a las ayudas a la rehabilitación que le correspondan atendiendo a las obras que realicen.

 

¿Cómo puede el profesional realizar el ICE?

 

La Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda pone a disposición de los ciudadanos en general y de los profesionales en particular, a través de su página web el programa informático ICEWIN, de descarga libre, y que se establece como herramienta autorizada para la redacción del Informe. Igualmente se ha elaborado un Manual Técnico de apoyo a la redacción del mismo, descargable libremente desde esta página.